domingo, 9 de enero de 2011

Inventario de fuentes de información administrativa de Andalucía

De http://www.juntadeandalucia.es:9002/inventario/index.htm

La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que la actividad estadística se realizará tomando como base:
  • Datos requeridos con fines exclusivamente estadísticos
  • Datos administrativos existentes de la Administración Andaluza
Por su parte, el Plan Estadístico de Andalucía 2007-2010 aprobado por Ley 4/2007, de 4 de abril, define como uno de sus objetivos instrumentales específicos la necesidad de incrementar el aprovechamiento de los registros administrativos para la obtención de información estadística, mediante el establecimiento de sistemas de mejora continua de la calidad de las clasificaciones estadísticas y de los procesos de creación y mantenimiento de los registros administrativos.

El CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ESTADÍSTICAS EUROPEAS (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a la independencia, la integridad y la responsabilidad de las autoridades estadísticas de los Estados miembros y de la Comunidad; Bruselas 25-5-2005 COM (2005) 217 final) recoge en su principio noveno que la carga para los encuestados no debe ser excesiva estableciendo entre otros como indicador del cumplimiento de este principio la utilización cuando sea posible de fuentes administrativas para evitar que se dupliquen las solicitudes de información.

En este contexto, un primer paso para el aprovechamiento estadístico de los registros administrativos es conocer los que existen y sus características principales. Con este objeto el Instituto de Estadística de Andalucía ha promovido la implementación de un Inventario de fuentes de información administrativa de Andalucía, que se constituye como actividad estadística oficial de carácter instrumental. El Inventario pretende contribuir al incremento de la utilización de las fuentes administrativas para la obtención de información estadística, de manera que se mejore el grado de cobertura de las necesidades de información estadística de la sociedad con una utilización eficaz de los recursos y a su vez generando productos estadísticos de calidad.

Dicha actividad ofrece características de fuentes administrativas que son competencia de la Administración Autonómica Andaluza, como son: la denominación, normativa vigente, obligatoriedad legal de inscripción en la fuente, soporte en el que se encuentran los datos, objetivo principal, organismo responsable de la gestión de la fuente, departamento administrativo que gestiona la fuente, población a la que se refiere la fuente o hechos que se inscriben en la misma, ámbito territorial, desagregación territorial máxima, periodo de tiempo que puede transcurrir entre la ocurrencia del hecho o acto administrativo y su inscripción en la fuente, datos asociados a la fuente y uso estadístico de la fuente.