Antecedentes
En
1908 se aprobó la Ley de 24 de junio [1] que disponía que se
consideraran también como de interés general y de utilidad pública
los montes existentes y los terrenos que debían ser objeto de
repoblación forestal, cualquiera que fuera su dueño.
En
1935, de acuerdo con el artículo 1 de la citada Ley, la Jefatura de
la 7ª División Hidrológico Forestal en Málaga aprobó la relación
de fincas de la zona forestal protectora de los términos municipales
de de Benahavís, Istán, Marbella, Ojén, Mijas y Benalmádena [2].
Entre dichas propiedades se encontraba Sierra Blanca de Ojén, de
José Aurelio Larios. Esta finca, de 3.144 hectáreas de superficie,
producía algarrobas, castañas y esparto [2].
La
finca Sierra Blanca fue adquirida para su repoblación en 1943 por el
Patrimonio Forestal del Estado (PFE). Se la dotó de Guardería, se
acotó al pastoreo y, para proteger la escasa docena de cabras
monteses que la poblaban, se prohibió su caza. En pocos años la
población de cabra montés pasó de una docena a un centenar de
ejemplares. El éxito obtenido animó al PFE a proponer la creación
de un coto nacional de caza en la comarca [3].
El
Coto Nacional de Caza de la Serranía de Ronda fue declarado por Ley
el 23 de diciembre de 1948 [4]. Su superficie, de 22.389 hectáreas,
incluía los montes de los ayuntamientos de Istán, Parauta, Tolox y
Yunquera; los montes del Estado "Sierra de las Nieves",
"Sierra Blanca” y "Sierra Blanca y Nogüeles"; y los
de particulares "Monte de Albornoque" y "Monte Sierra
del Real").
Por
entonces, mediado el siglo XX, la presencia de cabra montés en las
sierras y montañas era meramente testimonial. Tal es así,
que “para evitar su extinción” en 1952 se prohibió su caza por
cinco años en todo el territorio nacional, a excepción del Coto
Nacional de la Sierra de Gredos, el Coto Nacional de la Serranía de
Ronda y otros terrenos en los que la caza de esta especie estaba
sometida a un régimen especial [5].
Evolución
de la cabra montés
Los
datos disponibles de los censos de población de la cabra montés (Capra pyrenaica Schinz, 1838) del
Coto Nacional de la Serranía de Ronda representados gráficamente muestran su evolución en el
periodo de 1958 y 2018 (I).
Figura 1
Figura 1: Gráfica de la evolución de la población de cabra montés en el Coto Nacional/Reserva Nacional/Reserva Andaluza de Caza de la Serranía de Ronda. Fuente: Elaboración propia a partir de fuentes documentales (ver nota I).
En la
gráfica se observa la evolución de población de cabra montés a lo
largo del periodo. A partir de su creación (1948) las medidas
de gestión del Coto Nacional, compartida entre la Dirección General
de Montes, Caza y Pesca Fluvial (planificación) y la Dirección General del
Turismo (ejecución de los planes), tuvieron como resultado la
recuperación de la población de cabra. De 204 individuos censados
en 1958 (70 machos, 99 hembras y 35 crías) se pasó a 1385 (590
machos, 625 hembras y 170 crías) en 1972, principalmente por el
control efectivo del furtivismo por parte de la Guardería [6].
En
1970 el Coto Nacional de la Serranía de Ronda adquirió la condición
de Reserva Nacional de Caza [7] (II). Desde 1972, fecha en que
se le encomienda la administración de las reservas nacionales de
caza al Instituto Nacional de Conservación de la Naturaleza (ICONA)
[8], hasta 1984, cuando la Junta de Andalucía se hace cargo de las
competencias en materia forestal y de caza [9], la población de
cabra en la Reserva Nacional se estabilizó en torno a los 1450
individuos en 1978 [10], entre 6 y 7 ejemplares/km² y una sex ratio
entre 1:1,02 y 1:1,34 (III).
Pino
Rivera, agente forestal y guía de la reserva, en un manuscrito de
1976 [11] indicó la situación estable por entonces de la población
de cabra montés en la RNC y su dispersión geográfica hacia el Coto
Social de El Burgo - Ronda y los cotos privados de caza aledaños de
Yunquera, Alozaina, Casarabonela, Carratraca y Ardales y alertó
sobre el furtivismo
y el pastoreo de ganado
doméstico, “una reserva debe de extirpar estos
perjuicios para que sea estable y sana ya que otras especies que
estén domesticadas transmiten enfermedades ..., dando lugar al
descenso de la población en el área afectada”.
La
Junta de Andalucía administró la Reserva de caza a partir de 1984.
En los años sucesivos, “las elevadas densidades alcanzadas en
su conjunto por la cabra montés y otros herbívoros, principalmente
ganado en régimen extensivo, conllevaron problemas de deterioro del
hábitat, existiendo una competencia importante por los recursos
tróficos y empeorando el estado fisiológico y sanitario de las
poblaciones de cabra montés con la recurrencia de graves brotes de
sarna sarcóptica” [13],
el primero de ellos en 1991 transmitido por el ganado doméstico que
pastaba libremente en el interior del parque natural [14]
(IV).
Un
estudio comparativo de los
efectos de la sarna sarcóptica en el periodo 1995-2006
en la cabra montés de dos reservas andaluzas de caza, presentado
en la IX Reunión de Ungulados Silvestres Ibéricos [15],
concluía que
la sarna sarcóptica había producido aproximadamente el
descenso del 40% de
la población,
una sex-ratio de
1:2,25 y
un importante desequilibrio poblacional, poniendo en grave riesgo la
conservación de la cabra
montés en la Reserva
Andaluza de Caza de la Serranía de Ronda (V).
Entre
2006 y
2018 la situación de la
población de cabra montés empeoró
notablemente, alcanzando un declive del 76% sobre el censo de 1978.
Notas
I.-
Fuentes de los datos: de la
Cerda y de la Peña (1971),
Gómez-Guillamón y Maraver (1973), Ortuño y de la Peña (1979),
Granados et al. (1998), Pérez Jiménez y otros (1999), Pérez
Jiménez y otros (2001),
Pérez Jiménez (2001), PORN
de la Sierra de las Nieves (2018), Gómez-Guillamon y otros (2018),
Informes Cabra Montés REDIAM (1999-2004) y
Memorias anuales del Parque Natural Sierra de las Nieves (2015-2018).
II.- La Disposición
final segunda de la Ley 1/1970, de cuatro de
abril, que regula la protección, conservación y fomento de la
riqueza cinegética nacional, dispone que por el Gobierno, a
propuesta conjunta de los Ministerios de Agricultura e Información y
Turismo, se dictarán las disposiciones precisas para que los Cotos
Nacionales de la Sierra de Gredos, Picos de Europa y Serranía de
Ronda adquieran la condición de Reservas Nacionales de Caza. En estas Reservas la protección, conservación y fomento de la caza quedarán encomendadas al Ministerio de Agricultura, reservándose el Ministerio de Información y Turismo la misión de administrar los aprovechamientos cinegéticos de acuerdo con aquellos criterios turístico-deportivos que considere más convenientes a los intereses generales.
III.-
Datos
de sex ratio obtenidos a
partir de los partes mensuales de seguimiento de José
Pino
Rivera del cuartel 14 de la
RNC de la Serranía de Ronda. En
parte se encuentran
accesibles online en el
Archivo documental de José Pino Rivera, memoria digital de la vida
profesional de un forestal en la provincia de Málaga,
https://jpinod02.github.io/archivojosepinorivera/.
IV.-
El Parque Natural de la
Sierra de las Nieves se creó por LEY
2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de
Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas
adicionales para su protección (BOJA
núm. 201), sobre 20.163 ha
de superficie,
el 52%
pertenecientes a
la Reserva de caza.
V.-
La
Reserva Nacional de Caza de la Serranía de Ronda pasó a denominarse
Reserva Andaluza de Caza tras la entrada en vigor de la Ley 8/2003 de
28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres.
Bibliografía
[1]
Ministerio de Fomento, 1908.
Ley disponiendo se consideren como de interés general y de utilidad
pública, además de los catalogados por este Ministerio, los montes
y terrenos que deban repoblarse forestalmente, siempre que se hallen
en uno de los casos que esta ley expresa. Gaceta de Madrid, 178,
pp. 1415 a 1416. Accesible online en
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1908/178/A01415-01416.pdf
[2]
Ministerio de Agricultura, Industria y Comercio, 1935. Decreto
aprobando la demarcación de la zona forestal protectora formulada
por la Jefatura de la séptima División hidrológico forestal de los
términos municipales de la provincia de Málaga que se citan. Gaceta
de Madrid, 279, pp. 122 a 126. Accesible online en
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1935/279/A00122-00126.pdf
[3] García Vicente, A., 1951. El Coto Nacional de Caza de la
Serranía de Ronda. Revista Montes, 39, pp. 182-185. Accesible
online en http://www.revistamontes.net/Buscador.aspx?id=5707
[4] Jefatura del Estado, 1948. Ley de 23 de diciembre de 1948 por la
que se crea el "Coto Nacional de Caza de la Serranía de Ronda".
BOE, 360, pp. 5764 – 5765. Accesible online en
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1948/360/A05764-05765.pdf
[5]
Ministerio de Agricultura , 1952. Orden de 30 de octubre de 1952 por
la que se prohibe la caza de la capra hispánica por un plazo de
cinco años, con las excepciones que se mencionan. Boletín
Oficial del Estado, 307, pág. 5016. Accesible online en
https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1952/307/A05016-05016.pdf
[6]
Gómez Guillamón, L., 1973. La Reserva Nacional de Caza de
la Serranía de Ronda. Revista
Jábega, 2, pp. 30-32. Accesible
online en http://www.cedma.es/catalogo/jabega.php?num=2
[7]
Jefatura del Estado, 1971.
Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza. BOE, 82, pp 5348-5356. Accesible
online en https://www.boe.es/eli/es/l/1970/04/04/1
[8]
Presidencia del Gobierno, 1972.
Decreto 2197/1.972, de 21 de
iulio, por el que se coordina la actuación de los Ministerios de
Agricultura y de Información y Turismo en las reservas nacionales de
caza y por el que se cumplimenta, la disposición final segunda de la
Ley de Caza de 4 de abril de 1970. BOE, 202, pp.
15494 – 15495. Accesible
online en
https://www.boe.es/boe/dias/1972/08/23/pdfs/A15494-15495.pdf
[9]
Presidencia del Gobierno, 1984. Real Decreto 1096/1984, de 4 de
abril, de traspasos de funciones y servicios del Estado a la
Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de conservación de la
naturaleza. BOE, 139, pp. 16842-16865. Accesible online en
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/04/04/1096
[10]
Ortuño Medina F. y de la Peña Paya, J., 1979. Sobre las Reservas
y Cotos Nacionales Españoles. Revista Montes, 194, pp. 291-295.
Accesible online en
https://www.revistamontes.net/Buscador.aspx?id=724
[11]
Pino Rivera, J., 1976. Observaciones sobre la cabra montés en la
Reserva Nacional de Caza de la Serranía de Ronda (1976), en el
blog Áreadoc. Accesible online en
https://areadoc.blogspot.com/2023/02/sobre-la-reserva-nacional-de-caza-de-la.html
[12]
Consejería de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio, 2018. Decreto 162/2018, de 4 de
septiembre, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales del ámbito de Sierra de las Nieves y el Plan
Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra de las Nieves.
BOJA, 184, pp. 45-428. Accesible online en
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/184/4
[13]
Consejería de Medio
Ambiente, 2003. Decreto 344/2003, de 9 de diciembre, por el que se
aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan
Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Sierra de las Nieves.
BOJA, 14, pp. 1644-1712. Accesible online en
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2004/14/4
[14]
Gómez-Guillamon, F. y otros, 2018. Estudio comparativo de
los efectos poblacionales de la sarna sarcóptica en la cabra montés
en dos reservas andaluzas de caza entre los años 1995 y 2006,
en Comunicaciones de la IX
Reunión de Ungulados Silvestres Ibéricos, pág.
45.