La celebración del cuarenta aniversario de la declaración de Sierra Nevada como Reserva de la Biosfera constituye una excelente oportunidad para analizar qué ha supuesto esta figura internacional para uno de los territorios más valiosos del sur de Europa. La reciente aprobación por la UNESCO de la ampliación de sus límites añade además una dimensión de actualidad que invita a revisar su evolución, logros, dificultades y retos futuros.
La declaración de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada en 1986
En 1986, en el marco del Programa Hombre y Biosfera (Man and the Biosphere Programme, MAB) de la UNESCO, fue aprobada la propuesta de declaración de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada.
Conviene recordar que por entonces esta
figura no constituía un espacio natural protegido en sentido estricto,
sino un reconocimiento internacional destinado a promover modelos
territoriales capaces de compatibilizar la conservación de la
biodiversidad con el desarrollo económico y social de las poblaciones
locales.
Esta filosofía, que hoy resulta ampliamente aceptada,
era todavía relativamente novedosa a mediados de los años ochenta. Las reservas de la
biosfera incorporaban una visión más integradora, basada en la
participación social, el conocimiento científico y la sostenibilidad.
La declaración del Parque Natural de Sierra Nevada en 1989
En 1989 la Junta de Andalucía declaró Sierra Nevada parque natural, con una superficie protegida de 172.238 hectáreas. Esta superficie se extendía por un total de 60 municipios (23 en la provincia de Almería y 37 en la de Granada), de ellos, 6 con el 100% de su término municipal en el parque natural (Beires y Ohanes, en la provincia de Almería, y Bubión, Capileira, Pampaneira y Trevélez, en la provincia de Granada).
Desde 1989 y hasta la reciente ampliación de la reserva de la biosfera (2026), la superficie y los límites de la misma han coincidido con los del Parque Natural.
La zonificación de 2013 de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada
Mediante la Resolución de 18 de abril de 2013, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, se modificó la zonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada:
El área de cumbres y los hábitats más valiosos desde el punto de vista de la biodiversidad constituyen la zona núcleo, integrada por 85.883 hectáreas, coincidentes con el Parque Nacional de Sierra Nevada (Decreto 238/2011, de 12 de julio). La zona tampón, que se extiende en altitudes medias rodeando a la anterior casi en todo su perímetro, está integrada por 69.870 hectáreas, que prácticamente coincide con las áreas de mayor biodiversidad del Parque Natural de igual nombre. Las zonas de transición, de perfil irregular, abarcan 16.485 hectáreas y se disponen en zonas bajas, englobando los núcleos urbanos y las áreas más transformadas por la actividad humana del Parque Natural.
En 2015 las Reservas de la Biosfera pasan a ser consideradas en España áreas protegidas por instrumentos internacionales
Un cambio normativo trascendental se produjo con la aprobación y entrada en vigor de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En su Capítulo IV, "Otras figuras de protección de espacios", se incluyen las Áreas protegidas por instrumentos internacionales, y entre ellas las Reservas de la Biosfera declaradas por la UNESCO.
La Ley 33/2015 establece que las Reservas de la Biosfera deberán respetar las directrices y normas aplicables de la UNESCO y contar, como mínimo, con:
a) Una ordenación espacial integrada por:
1.º Una o varias zonas núcleo de la Reserva que sean espacios naturales protegidos, o LIC, o ZEC, o ZEPA, de la Red Natura 2000, con los objetivos básicos de preservar la diversidad biológica y los ecosistemas, que cuenten con el adecuado planeamiento de ordenación, uso y gestión que potencie básicamente dichos objetivos.
2.º Una o varias zonas de protección de las zonas núcleo (zonas tampón), que permitan la integración de la conservación básica de la zona núcleo con el desarrollo ambientalmente sostenible en la zona de protección a través del correspondiente planeamiento de ordenación, uso y gestión, específico o integrado en el planeamiento de las respectivas zonas núcleo.
3.º Una o varias zonas de transición entre la Reserva y el resto del espacio, que permitan incentivar el desarrollo socioeconómico para la mejora del bienestar de la población, aprovechando los potenciales recursos específicos de la Reserva de forma sostenible, respetando los objetivos de la misma y del Programa Persona y Biosfera.
b) Unas estrategias específicas de evolución hacia los objetivos señalados, con su correspondiente programa de actuación y un sistema de indicadores adaptado al establecido por el Comité MaB Español, que permita valorar el grado de cumplimiento de los objetivos del Programa MaB.
c) Un órgano de gestión responsable del desarrollo de las estrategias, líneas de acción y programas y otro de participación pública, en el que estén representados todos los actores sociales de la reserva.
Las Directrices Técnicas para las Reservas de Biosfera de 2022
Las Directrices Técnicas para las Reservas de Biosfera de 2022 [4] exigen que existan estructuras adecuadas de gobernanza y obligan a contar con un plan de gestión.
Todas las reservas de biosfera deben contar con una política o un plan de gestión. Se entiende como documento oficial que abarca un periodo plurianual, formulado mediante un proceso participativo y adoptado por el órgano decisorio correspondiente. Sirve para alcanzar los objetivos declarados de la reserva de biosfera de forma estructurada y medible. El plan de gestión es obligatorio y lo exige el Marco Estatutario de la RMRB (artículo 4.7.b).
Una reserva de biosfera debe tener tres zonas:
a) Una o varias zonas centrales jurídicamente constituidas, dedicadas a la protección a largo plazo de la biodiversidad, de acuerdo con los objetivos de conservación de la reserva de biosfera, y de tamaño suficiente para cumplir dichos objetivos. El eje mayor de la zona principal consiste en brindar información acerca de las funciones y los procesos del ecosistema.
b) Una zona o zonas de amortiguamiento claramente identificadas que cumplen funciones de amortiguamiento, que circundan o son contiguas a la zona o zonas núcleo, en las que solo se pueden realizar actividades compatibles con los objetivos de conservación, y cuyo objetivo principal es permitir que se desarrollen, exploren y aprendan técnicas de gestión para mantener los ecosistemas seminaturales, incluida su biodiversidad.
c) Una zona de transición exterior en la que se promueven y desarrollan prácticas de gestión sostenible de los recursos. El objetivo principal de la zona de transición es apoyar y alentar a las comunidades locales, a las empresas y comunidades a mantener sistemas sostenibles socioeconómicos y de uso de la tierra.
No se puede omitir ninguna de las zonas, ya que entonces el sitio no cumpliría los criterios del Marco Estatutario. Los planes de zonificación deben ser convenidos por todas las partes interesadas. Es imprescindible que la reserva de biosfera contenga tanto zonas de protección estricta (zonas núcleo) como otras dedicadas a actividades de subsistencia y desarrollo (zonas de amortiguamiento y de transición).
La solicitud de ampliación y rezonificación del CIC del Programa MAB a las autoridades responsables de la RB Sierra Nevada
Como resultado de la evaluación decenal (2011-2021) de la Reserva de la Biosfera de Sierra Nevada, el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MAB (CIC) envió una solicitud a las autoridades responsables para que presentaran, antes del 30 de septiembre de 2022, las medidas previstas para llevar a cabo su ampliación y rezonificación.
En la 35ª reunión del CIC, celebrada en París en 2023, se informó de dicha solicitud y de la carta en la que las autoridades nacionales solicitan al Consejo una prórroga hasta septiembre de 2024 para presentar dicha información.
El régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía de 2024
Las Reservas de la Biosfera de Andalucía se encuentran reguladas mediante el Decreto 88/2024, de 9 de abril. Este Decreto establece que los instrumentos de planificación, gestión y participación de cada una de las Reservas de la Biosfera de Andalucía incluyen los que regulan los espacios naturales protegidos en su territorio. En el caso de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada, son los siguientes.
a) Estrategia de gestión: Se corresponden con los documentos de gestión de los espacios naturales protegidos que acoge así como los planes de desarrollo del territorio y, en su caso, el plan de gestión específico de la Reserva.
b) Órgano de gestión: La Consejería competente en materia de medio ambiente a través de la persona gestora de la reserva nombrada por la titular de la Consejería.
c) Órgano de participación: Consejo de Participación del Espacio Natural Sierra Nevada.
La propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada de 2025
Inicialmente la propuesta de ampliación aspiraba a incluir los términos municipales completos de los 60 municipios con territorio en la reserva, incrementando así notablemente la superficie total de la misma y la población residente dentro de ella.
Mediante Resolución de 21 de octubre de 2025 la D.G. de Espacios Naturales Protegidos sometió a información pública la propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera Sierra Nevada.
La ampliación aprobada por el CIC del Programa MAB de la UNESCO en junio de 2026
La ampliación ha sido aprobada por el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MAB de la UNESCO durante la 38ª reunión, celebrada en Paraguay en junio de 2026.
Como resultado el número de municipios con el 100% de su superficie de término municipal incluido dentro de la reserva ha pasado de 6 a 25 (el 42% del total), lejos de los 60 del objetivo inicial.
Hay que resaltar, como hecho novedoso, que se ha incluido el 100% del término municipal de Alquife (Granada), hasta entonces sin territorio protegido, ni en la reserva ni en el parque natural.
Otra novedad ha sido la ampliación de la reserva a 2050 hectáreas del término municipio de Dólar situadas dentro del Parque Natural Sierra de Baza.
Por último, y no por ello menos novedosa, ha sido la inclusión en la ampliación de la Reserva de la Biosfera de unos montes de la Junta de Andalucía situados en los TT.MM, de Fiñana, Abla y Abrucena, en contra de la posición de los respectivos Ayuntamientos frente a la ampliación de la misma a sus TT.MM. (ver mapa de distribución de montes públicos y de zonificación de la RB).
El balance de cuarenta años (1986-2026)
Los beneficios
Resulta difícil cuantificar con exactitud los beneficios sobre el territorio de las Reservas de la Biosfera Sierra Nevada, más aún cuando coincide territorialmente con el parque nacional y el parque natural.
La
principal contribución positiva ha sido su proyección internacional. La
inclusión en la Red Mundial de Reservas de la Biosfera ha reforzado el
reconocimiento internacional de Sierra Nevada, favoreciendo su presencia
en programas científicos, redes de cooperación y proyectos europeos
relacionados con la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo
sostenible.
Esta dimensión internacional ha contribuido a
consolidar la imagen de Sierra Nevada como referente en la gestión de
áreas protegidas de montaña.
Un balance riguroso debe reconocer también las "sombras". La escasa visibilidad social ha dificultado la comprensión de sus objetivos y potencialidades. La limitada capacidad normativa y de gestión, a diferencia de los espacios naturales protegidos regulados por la
legislación estatal o autonómica, hacen que su eficacia dependa en gran
medida de la coordinación con otras figuras de protección y de la
voluntad de las administraciones implicadas.
Bibliografía
GOBIERNO DE ESPAÑA (2007): Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
GOBIERNO DE ESPAÑA (2007): Real Decreto 342/2007, de 9 de marzo, por el que se regula el desarrollo de las funciones del programa MaB, así como el Comité Español del citado programa, en el organismo autónomo Parques Nacionales.
GOBIERNO DE ESPAÑA (2015): Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
JUNTA DE ANDALUCÍA (1989): Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
JUNTA DE ANDALUCÍA (2024): Decreto 88/2024, de 9 de abril, por el que se crea y regula el Consejo Andaluz de las Reservas de la Biosfera y se establece el régimen jurídico de las Reservas de la Biosfera de Andalucía.
JUNTA DE ANDALUCÍA (2024): Propuesta de ampliación y rezonificación de la Reserva de la Biosfera de Sierra Nevada.
ORGANISMO AUTÓNOMO PARQUES NACIONALES (2013): Resolución de 18 de abril de 2013, de Parques Nacionales, por la que se publica la declaración de dos nuevas reservas de la biosfera españolas: Reserva de la Biosfera de La Gomera (Canarias) y Reserva de la Biosfera Las Ubiñas-La Mesa (Asturias), y la modificación de la zonificación de otras dos reservas de la biosfera existentes: Reserva de la Biosfera de Sierra Nevada (Andalucía) y ampliación de la Reserva de la Biosfera de Doñana (Andalucía).
UNESCO (1986): Informe final de la 9ª reunión del Consejo Internacional de Coordinación, celebrada en París en octubre de 1986. Anexo 7, listado de Reservas de la Biosfera.
UNESCO (2022): Directrices Técnicas para las Reservas de Biosfera.
UNESCO (2026): Informe final de la 38ª reunión del Consejo Internacional de Coordinación del Programa MAB de la UNESCO, celebrada en Paraguay en junio de 2026.





